Certificados de incapacidad por maternidad: Nuevas normas operativas para su expedición

Recientemente, el Instituto Mexicano del Seguro Social (en adelante IMSS) publicó a través de su página de internet la Circular 10/10 por medio de la cual se dieron a conocer nuevas normas operativas para la expedición de certificados de incapacidad por maternidad, las cuales serán aplicables a partir del 01 de julio del año en curso.

La circular en cuestión establece lo siguiente:

1. La asegurada que se encuentre en estado de gestación podrá solicitar la expedición de “Certificado Único” de incapacidad hasta por 84 días. Dicho certificado amparará tanto el periodo pre-natal como el post-natal, independientemente si la asegurada desea recibir atención durante el embarazo con el médico familiar del IMSS o a través de un médico externo.

2. Si durante la evolución del embarazo la asegurada decide atenderse con médico ajeno al IMSS, podrá solicitar se le emita el “Certificado Único” cualquier día dentro de la semana 34 de gestación siempre y cuando presente:

a) Identificación oficial vigente con fotografía.

b) Documento que señale Número de Seguridad Social.

c) Ultrasonido con una antigüedad no mayor a 5 semanas de anterioridad a la fecha de solicitud de Certificado Único.

3- El formato “Solicitud de transferencia de semanas de descanso del período prenatal al postnatal”  ha sido aprobado. La legislación mexicana establece que una empleada embarazada tiene derecho a recibir seis semanas de incapacidad previas al parto y seis semanas posteriores al mismo.1 El empleado tiene permitido transferir cuatro de las seis semanas correspondientes al periodo prenatal para su posterior disfrute al parto (periodo post-natal). Este derecho puede ser ejercido mediante la presentación del formato correspondiente.

a) Opinión positiva por parte del patrón.

b) Autorización del médico familiar – si el embarazo se atiende directamente en la Unidad de Medicina Familiar que le corresponde a la asegurada.

c) Autorización del médico tratante en caso de recibir atención externa al IMSS.

Consideramos que estas normas operativas constituyen un gran avance para la protección de las trabajadoras, y un gran logro para obtener una homologación entre la Ley Federal del Trabajo y la Ley del Seguro Social.


See Footnotes

1 El derecho a la transferencia de semanas fue otorgado mediante las reformas a la Ley Federal del Trabajo de noviembre de 2012, Art. 170, fracción II.

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