México: Secretarías de Salud y de Trabajo y Previsión Social publican la Guía de Acción para los Centros de Trabajo ante el COVID-19

El 20 de marzo de 2020 fue publicada la Guía de Acción para los Centros de Trabajo ante el COVID-19 (la “Guía”) por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (“STPS”), en la cual, entre otras cosas, recomienda lo siguiente:

  • Se establecen las estrategias generales de control en los centros de trabajo:
    • Sana distancia: modificación de hábitos como la distancia entre las personas y la disminución de la frecuencia y el encuentro cara a cara entre los trabajadores, incluyendo la adecuación de los espacios y áreas de trabajo.
    • Filtros de ingreso: instrumentación de un filtro de supervisión general de ingreso de los trabajadores y clientes que permita la identificación de personal con enfermedades respiratorias, con el fin de remitirlas a su domicilio en aislamiento voluntario, para disminuir el riesgo de contagio.
    • Resguardo: Enviar al personal a casa cuando presenten enfermedades respiratorias y acudir al médico si se presenta alguno de los síntomas relacionados con COVID-19.
  • Del mismo modo, se implementa un plan de atención en los centros de trabajo ante COVID-19, el cual contempla:
    • Mantener informado a todos los colaboradores del centro de trabajo respecto a las indicaciones de la autoridad sanitaria.
    • Identificar dentro del centro de trabajo al personal en mayor riesgo por su condición.1
    • Identificar las tareas o funciones susceptibles de flexibilizarse o realizarse desde casa.
    • Identificar las actividades esenciales para mantener la actividad del centro de trabajo.
    • Colocar en múltiples lugares visibles las infografías oficiales y distribuirlas a través de los medios disponibles.
    • Dar a conocer entre las y los trabajadores el teléfono de emergencia de la autoridad sanitaria (800-0044-800).
    • Limpieza permanente del centro de trabajo y los lugares de labor.
    • Proveer de productos sanitarios y de equipo de protección personal a las y los trabajadores.
    • Escalonar horarios para el uso de las instalaciones con el fin de disminuir el contacto.
    • Separar las estaciones de trabajo compartidas a una distancia de 1.50 a 2.0 metros.
    • Instrumentar filtro de supervisión general para ingresar al centro de trabajo.
    • Enviar a casa al trabajador con síntomas de la enfermedad y remitirlo a su centro de atención médica.
  • Dentro de la Guía se incluyen ciertas políticas temporales que pueden adoptarse en los centros de trabajo:
    • Suspensión temporal de actividades no esenciales en función de las medidas establecidas en la Jornada Nacional de Sana Distancia.2
    • Flexibilizar el trabajo, permitir la reorganización de los turnos y el escalonamiento de las jornadas laborales, así como el uso de las tecnologías para minimizar el contacto directo, incluyendo el trabajo a distancia.
    • Fomentar y brindar confianza para que las y los trabajadores se retiren ante la presencia de síntomas de la enfermedad, a través de la simplificación de trámites de incapacidad y la eliminación de descuentos por ausencia.

Es importante señalar que estas estrategias, plan de atención y políticas temporales, al igual que todo el contenido de la Guía, tienen el rango de recomendación, por lo tanto los patrones en México no están obligados seguir dichas medidas.


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1 Personas: i) que padecen enfermedades inmunodepresivas, crónicas, cardiacas, pulmonares, renales, hepáticas, sanguíneas o metabólicas; ii) que padecen obesidad y sobrepeso; iii) mayores a 60 años; iv) mujeres embarazadas; y v) menores de cinco años.

Aquellas que no afectan la actividad sustantiva de una organización pública, social o privada, o los derechos de los usuarios.

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